Software
Acuerdo de asistencia
Enhorabuena por seleccionar un Contrato de Mantenimiento de Software de TROY. Para finalizar su compra debe completar la siguiente información y aceptar los términos y condiciones descritos:
CONTRATO DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE PRODUCTOS TROY
TROY GROUP INC, UNA CORPORACIÓN DE DELAWARE ("LICENCIANTE"), ESTÁ DISPUESTA A PROPORCIONAR SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE SOFTWARE A USTED COMO INDIVIDUO O A LA ENTIDAD LEGAL QUE USTED REPRESENTA (COLECTIVAMENTE CON CUALQUIER AFILIADO "LICENCIATARIO") QUE UTILIZARÁ EL SOFTWARE LICENCIADO (COMO SE DEFINE A CONTINUACIÓN), SUJETO A LA ACEPTACIÓN POR PARTE DEL LICENCIATARIO DE TODOS LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTENIDOS EN ESTE DOCUMENTO. ESTE ES UN CONTRATO LEGALMENTE VINCULANTE Y EXIGIBLE ENTRE EL LICENCIATARIO Y EL LICENCIANTE (EL "ACUERDO"). EL LICENCIATARIO DEBE LEER DETENIDAMENTE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE ESTE ACUERDO ANTES DE ACEPTARLO. AL HACER CLIC EN EL BOTÓN "ACEPTO" O "SÍ", O AL INDICAR DE CUALQUIER OTRO MODO EL CONSENTIMIENTO DEL LICENCIATARIO POR VÍA ELECTRÓNICA, EL LICENCIATARIO ACEPTA LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE ESTE ACUERDO. SI EL LICENCIATARIO NO ESTÁ DE ACUERDO CON ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES, HAGA CLIC EN EL BOTÓN "NO ESTOY DE ACUERDO" O "NO".
TODAS LAS OFERTAS DE VENTA DE SERVICIOS ESTÁN SUJETAS A ESTOS TÉRMINOS, Y POR LA PRESENTE SE RECHAZA EXPRESAMENTE CUALQUIER ADICIÓN O MODIFICACIÓN PROPUESTA POR EL LICENCIATARIO. SI EL LICENCIATARIO ACEPTA ESTAS CONDICIONES EN NOMBRE DE OTRA PERSONA, EMPRESA U OTRA ENTIDAD JURÍDICA, USTED DECLARA Y GARANTIZA QUE TIENE PLENA AUTORIDAD PARA ACEPTAR ESTAS CONDICIONES EN NOMBRE DE DICHA PERSONA, EMPRESA O ENTIDAD JURÍDICA.
Por una buena y valiosa consideración, cuya suficiencia se reconoce por la presente, el Licenciatario y el Licenciante acuerdan los términos y condiciones que se establecen a continuación:
1. Acuerdo:
Durante la vigencia del presente Contrato, el Licenciante prestará, o hará que se presten, servicios de mantenimiento del Software, y el Licenciatario aceptará y pagará dichos servicios, de conformidad con los términos y condiciones aquí previstos. A los efectos del presente Contrato, por "Software" se entenderá el Software tal y como se define en el Contrato de Licencia celebrado por separado entre el Licenciante y el Licenciatario, tal y como dicho Software pueda ser actualizado en lo sucesivo con las mejoras, ampliaciones y modificaciones que el Licenciante proporcione al Licenciatario.
2. Obligaciones del Licenciante:
Durante la vigencia del presente Contrato, el Licenciante prestará al Licenciatario los siguientes servicios:
(a) El Licenciante realizará los esfuerzos comercialmente razonables para remediar los errores de programación en el Software en la forma proporcionada por el Licenciante al Licenciatario que sean atribuibles al Licenciante y que afecten significativamente al rendimiento del Software ("Errores"). Dicha subsanación podrá consistir en la corrección de partes del Software, parches, comunicación de una solución que permita al Licenciatario alcanzar sustancialmente la misma funcionalidad que se obtendría sin los Errores, o la sustitución del Software.
(b) El Licenciante proporcionará un soporte telefónico y por correo electrónico razonable para aquellos problemas, discrepancias o Errores que, a juicio del Licenciante, puedan ser resueltos de la forma más efectiva a través de dicho soporte, durante las horas establecidas en el Anexo A adjunto, tal y como éste pueda ser modificado en lo sucesivo por el Licenciante; no obstante, el Licenciante podrá cobrar, según su tarifa horaria estándar definida en el Pliego de Condiciones, por los servicios prestados para responder a las solicitudes de soporte para las que existan materiales adecuados en posesión del Licenciatario para abordar las áreas y temas generales y específicos sobre los que se realicen dichas solicitudes.
(c) El Licenciante concederá licencia al Licenciatario, con sujeción a los términos y condiciones establecidos en el Contrato de Licencia, para las actualizaciones, mejoras y modificaciones del Software que sean necesarias para corregir errores en el momento en que dichas actualizaciones, mejoras y modificaciones estén disponibles para su lanzamiento general a los clientes del Licenciante.
3. Obligaciones del titular de la licencia:
Durante la vigencia del presente Acuerdo, el Licenciatario deberá hacer lo siguiente:
(a) El Licenciatario deberá notificar al Licenciante cualquier Error y deberá proporcionar al Licenciante suficiente documentación, soporte de información y tiempo de prueba en el sistema informático del Licenciatario para duplicar el problema notificado por el Licenciatario, certificar que el problema es con el Software y certificar que el problema ha sido corregido.
(b) A petición razonable del Licenciante, el Licenciatario proporcionará acceso remoto al Licenciante. El Licenciatario será responsable de la instalación, mantenimiento y uso de dicho equipo y de los gastos asociados al uso del equipo telefónico. El Licenciante, a su elección, podrá utilizar este acceso remoto en relación con la corrección de errores. Dicho acceso por parte del Licenciante estará sujeto a la aprobación del Licenciatario en cada caso y estará sujeto a que el Licenciatario asegure que el Licenciante no tiene acceso o exposición a datos confidenciales o de identificación personal o información del Licenciatario, sus clientes u otros terceros.
(c) El Licenciatario deberá llevar a cabo las actividades de definición de problemas y cualquier acción correctiva o reparadora, tal y como se describe en los manuales de usuario del Software y demás documentación del sistema facilitada al Licenciatario por el Licenciante, antes de solicitar asistencia al Licenciante.
(d) El Licenciatario permitirá al Otorgante de la Licencia el acceso razonable al equipo del Licenciatario en momentos razonables y cooperará con el Otorgante de la Licencia con el fin de prestar los servicios aquí establecidos.
4. Servicios adicionales:
A petición del Licenciatario, el Licenciante podrá proporcionar asistencia técnica, operativa o de otro tipo o consultoría al Licenciatario además de los servicios especificados en la Sección 2 a la tarifa vigente del Licenciante en ese momento.
5. Limitaciones del servicio:
(a) El Licenciante no tendrá obligación alguna de investigar o corregir problemas (incluyendo Errores) que (i) no puedan ser razonablemente reproducidos por el Licenciante en base a la información facilitada por el Licenciatario, o; (ii) que no puedan ser demostrados por el Licenciatario a petición del Licenciante, o; (iii) que se deban a un incumplimiento por parte del Licenciatario de los términos del Contrato de Licencia, o; (iv) que no puedan ser subsanados debido a que las características operativas del equipo informático en el que se utiliza el Software no se ajusten a la documentación incluida con el Software, o; (v) que se deban a modificaciones del Software realizadas por el Licenciatario o por cualquier tercero no autorizado por el Licenciante.
(b) El Licenciante no tendrá obligación alguna de prestar los servicios aquí previstos para las versiones del Software, o cualesquiera partes, aspectos o componentes del mismo, (i) que hayan sido declaradas obsoletas o descatalogadas por el Licenciante durante un (1) año o más desde la notificación por escrito del Licenciante al Licenciatario de dicha obsolescencia o descatalogación, (ii) que hayan sido sustituidos por una actualización, mejora o modificación proporcionada sin coste adicional por el Licenciante en virtud del presente Contrato, si transcurrido un (1) año desde que dicha actualización, mejora o modificación haya sido proporcionada al Licenciatario dicha actualización, mejora o modificación no ha sido instalada por el Licenciatario.
(c) El Licenciante no tendrá ninguna obligación de dar soporte al Software que no haya sido mantenido hasta la última actualización, mejora o modificación proporcionada al Licenciatario, si un (1) año después de que dicha actualización, mejora o modificación haya sido proporcionada dicha actualización, mejora o modificación no ha sido instalada por el Licenciatario.
(d) El Licenciante no tendrá obligación alguna de mantener las partes del Software modificadas por el Licenciatario o por terceros o las partes del Software afectadas por dichas modificaciones. (e) Si el Licenciante acepta corregir cualquier problema no cubierto por este Contrato, el Licenciatario pagará al Licenciante por todo el trabajo realizado según las tarifas estándar del Licenciante en ese momento por tiempo y materiales, tal y como se definen en la Declaración de Trabajo.
6. Plazo:
La vigencia del presente Contrato comenzará en la fecha en que el Cliente acepte los términos del mismo y finalizará doce (12) meses después de la Fecha de entrada en vigor (el "Plazo inicial"). El presente Contrato se renovará automáticamente por periodos adicionales de un (1) año (cada uno de ellos un "Periodo de Renovación"), a menos que cualquiera de las partes notifique por escrito a la otra su intención de no renovar el presente Contrato a más tardar noventa (90) días antes de la fecha de aniversario del Periodo Inicial o de cualquier Periodo de Renovación.
7. Tasas y pagos:
(a) El Licenciatario pagará al Licenciante una cuota anual de mantenimiento igual a las tarifas "vigentes en ese momento" del Licenciante por dichos servicios en cada región geográfica o según lo cotizado por separado por el Licenciante.
(b) El Licenciatario deberá, además de las demás cantidades pagaderas en virtud del presente Contrato, pagar todos los impuestos sobre ventas y otros impuestos, federales, estatales o de otro tipo, cualquiera que sea su denominación, que se recauden o impongan en razón de los servicios establecidos en el presente Contrato, excluyendo únicamente los impuestos basados en los ingresos del Licenciante, de conformidad con los términos y condiciones contenidos en el presente Contrato.
(c) Todas las facturas vencerán y serán pagaderas en su totalidad a los treinta (30) días de la fecha de dicha factura. Todas las facturas vencidas devengarán intereses a un tipo del uno y medio por ciento (1-1/2%) mensual o la cantidad máxima permitida por la ley, hasta que se efectúe el pago íntegro. El pago se efectuará en dólares estadounidenses.
8. Propiedad del software; uso del nombre:
(a) El Software, sus actualizaciones, mejoras y modificaciones, así como cualquier software, programa, herramienta o documentación nuevos o parciales que puedan proporcionarse en virtud del presente Contrato, seguirán siendo propiedad y titularidad del Otorgante de la Licencia y el Licenciatario podrá utilizarlos bajo licencia con sujeción a los términos y condiciones establecidos en el Contrato de Licencia.
(b) Salvo en la medida en que sea necesario para su cumplimiento en virtud del presente Acuerdo o lo exija la ley, un regulador pertinente o las normas de cualquier bolsa de valores u organización similar, cada una de las partes no utilizará el nombre de la otra parte, o de sus filiales o subsidiarias, en relación con cualquier representación, solicitud, promoción, publicación o anuncio de ventas o marketing, ni realizará ningún comunicado de prensa u otra declaración pública relativa a la otra parte, o a sus filiales o subsidiarias, sin el consentimiento previo por escrito de dicha parte.
9. Garantía limitada y limitación de responsabilidad:
(a) El Licenciante declara que realizará todos los esfuerzos comercialmente razonables para subsanar los Errores. SALVO LO DISPUESTO EN LA PRESENTE SECCIÓN 9, LOS SERVICIOS DEL LICENCIANTE SE PRESTAN "TAL CUAL". SALVO LO DISPUESTO EN LA PRESENTE SECCIÓN 9, EL LICENCIANTE NO OTORGA NINGUNA GARANTÍA, EXPRESA O IMPLÍCITA, Y QUEDAN EXPRESAMENTE EXCLUIDAS TODAS LAS GARANTÍAS DE COMERCIABILIDAD E IDONEIDAD PARA UN FIN DETERMINADO, DISEÑO, CALIDAD, RENDIMIENTO, USO CONTINUADO Y FUNCIONAMIENTO SIN ERRORES. NINGUNA INFORMACIÓN O CONSEJO ORAL O ESCRITO PROPORCIONADO POR EL LICENCIANTE, O SUS CONCESIONARIOS, DISTRIBUIDORES, AGENTES O EMPLEADOS, AUMENTARÁ EN MODO ALGUNO EL ALCANCE DE ESTA GARANTÍA.
(b) EL LICENCIANTE NO TENDRÁ RESPONSABILIDAD ALGUNA POR EL USO O RENDIMIENTO DEL SOFTWARE, NI POR DAÑOS INDIRECTOS, ACCIDENTALES, CONSECUENCIALES, ESPECIALES, POR DEMORA, ECONÓMICOS, PUNITIVOS O DE PROPIEDAD (INCLUIDOS LOS DAÑOS POR PÉRDIDA DE USO DE DATOS, PÉRDIDA DE BENEFICIOS EMPRESARIALES, INTERRUPCIÓN DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL, PÉRDIDA DE INFORMACIÓN EMPRESARIAL U OTRAS PÉRDIDAS PECUNIARIAS), INCLUSO SI SE HA ADVERTIDO DE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS, INDEPENDIENTEMENTE DE LA TEORÍA LEGAL O DE EQUIDAD, YA SEA GARANTÍA, AGRAVIO, CONTRATO U OTRO. SIN PERJUICIO DE CUALQUIER OTRA DISPOSICIÓN CONTRARIA DEL PRESENTE CONTRATO, LA RESPONSABILIDAD MÁXIMA DEL LICENCIANTE FRENTE AL LICENCIATARIO EN VIRTUD DEL PRESENTE CONTRATO SE LIMITARÁ A LOS IMPORTES EFECTIVAMENTE PAGADOS POR EL LICENCIATARIO AL LICENCIANTE EN VIRTUD DEL PRESENTE CONTRATO DURANTE LOS DOCE (12) MESES ANTERIORES A LOS HECHOS QUE DEN LUGAR A DICHA CAUSA DE ACCIÓN.
10. Terminación:
El presente Contrato quedará resuelto en caso de resolución del Contrato de Licencia. Además, el presente Acuerdo podrá rescindirse por:
a) Al Licenciante si el Licenciatario no abona a su vencimiento cualquier cantidad adeudada en virtud del presente contrato veinte (20) días después de haberle notificado el requerimiento de pago inmediato, o;
b) cualquiera de las partes si la otra parte: (i) comete un incumplimiento sustancial del presente, y persiste en dicho incumplimiento durante veinte (20) días después de recibir notificación escrita al respecto de la parte no incumplidora, o; (ii) se ve sometida a un procedimiento de quiebra, insolvencia o similar o realiza una cesión en beneficio de los acreedores.
c) En caso de que el Licenciante rescinda el presente Contrato en virtud de las Secciones 10(a) o 10(b), todas las tasas y cargos de mantenimiento pagaderos por el Periodo Inicial o el Periodo de Renovación, según sea el caso, vencerán y serán pagaderos en su totalidad.
11. General:
(a) Las partes reconocen que han leído el presente Contrato, lo entienden y aceptan quedar vinculadas por sus términos. Asimismo, las partes acuerdan que el presente Contrato, incluido el Anexo A, y el Contrato de Licencia constituyen la declaración completa y exclusiva del acuerdo entre ellas con respecto al objeto del mismo y sustituye a todas las propuestas y acuerdos orales y escritos anteriores, incluidos, entre otros, folletos, anuncios, manuales, libros de ventas, facturas y otros materiales. El presente Contrato, incluyendo el Anexo A, y el Contrato de Licencia no podrán ser modificados o alterados salvo mediante instrumento escrito debidamente firmado por ambas partes.
(b) Todas las cuestiones relativas a la construcción, validez e interpretación del presente Acuerdo se regirán por las leyes del Estado de California, sin tener en cuenta sus conflictos de leyes. Cualquier reclamación o controversia derivada o relacionada con el presente Acuerdo o cualquier incumplimiento del mismo se someterá al Tribunal Superior del Estado de California, Santa Ana, en el Condado de Orange, y las partes del presente Acuerdo aceptan por la presente la jurisdicción exclusiva y la competencia exclusiva de dicho tribunal.
(c) Salvo en lo que respecta al pago de las tasas en virtud del presente documento, ninguna de las partes será responsable de los retrasos, fallos o suspensiones del servicio, ni de las pérdidas o daños debidos a causas ajenas a su control, incluidos los fallos mecánicos o de alimentación, los fallos informáticos (incluidos, entre otros, el software, el hardware y el firmware), los terremotos, las guerras, los actos de terrorismo, los incendios, las inundaciones, los fallos de alimentación, los fallos de telecomunicaciones, la imposibilidad de utilizar u obtener servicio para sus equipos, las explosiones, los casos fortuitos u otras catástrofes.
(d) Si alguna de las disposiciones del presente Acuerdo se considerara inválida, ilegal o inaplicable, la validez, legalidad y aplicabilidad de las restantes disposiciones no se verán afectadas ni menoscabadas en modo alguno.
(e) El presente Contrato será vinculante y redundará en beneficio exclusivo de las partes y de sus respectivos sucesores y cesionarios autorizados. El Licenciatario no podrá ceder el presente Contrato ni ninguno de sus derechos, deberes u obligaciones en virtud del mismo sin el previo consentimiento por escrito del Licenciante.
(f) La renuncia o el no ejercicio por cualquiera de las partes de cualquier derecho previsto en el presente documento no se considerará una renuncia a cualquier otro derecho.
(g) Todas las comunicaciones o notificaciones permitidas o requeridas en virtud del presente Acuerdo se realizarán por escrito, se dirigirán al Presidente a la dirección de la parte correspondiente que se indica a continuación, y se considerarán debidamente realizadas o notificadas si se entregan en persona o se depositan en el correo de Estados Unidos, correo certificado con acuse de recibo.
(h) Salvo que la ley disponga lo contrario, sin el consentimiento por escrito de la otra parte, cada una de las partes se compromete a no hacer públicos ni revelar los términos del presente Acuerdo a ninguna persona distinta de los directivos y consejeros de dicha parte, y otros empleados (pero no contratistas) de dicha parte que necesiten conocerlos a efectos del presente Acuerdo, siempre que dichos directivos, consejeros y empleados estén vinculados por un acuerdo de confidencialidad por escrito con términos al menos tan restrictivos como los establecidos en el presente documento. El incumplimiento de esta disposición se considerará un incumplimiento del presente Acuerdo.
ANEXO A
CONTRATO DE MANTENIMIENTO DE SOFTWARE
NIVELES DE SERVICIO
1. CENTRO DE LLAMADAS
El centro de llamadas de TROY estará disponible de lunes a jueves de 8:00 a.m. a 6:30 p.m. y los viernes de 8:00 a.m. a 5:30 p.m. hora del Este, excluyendo días festivos. Los días festivos observados por TROY son: Nochevieja, Año Nuevo, Memorial Day, 4 de julio, Día del Trabajo, Día de Acción de Gracias y el día después de Acción de Gracias, Nochebuena y Navidad.
2. TIEMPO DE RESPUESTA
El tiempo medio de respuesta durante el periodo de cobertura indicado será de cuatro (4) horas laborables a partir de una solicitud de asistencia al menos el 80 por ciento de las veces, a menos que el cliente lo aplace a una hora más conveniente.
Registro del contrato de mantenimiento de software
Rellene este formulario para finalizar el registro de su contrato de servicio in situ.